DERECHO A LA INTIMIDAD Y A LA PROPIA IMAGEN

Captación de la imagen de los visitantes de un edificio en propiedad horizontal por una web cam (cámara digital informática). Negativa del visitante a ser fotografiado. Prohibición de ingreso al edificio. Demanda de daños y perjuicios dirigida contra el consorcio de propietarios: Rechazo. Licitud del sistema de control de ingreso de personas al edificio. Ausencia de afectación al derecho a la intimidad, a lo dispuesto por el art. 31 de la ley 11723 y a las normas de la ley 25326. Ausencia de conducta antijurídica.

En los autos caratulados "M. G. C. c/ Consorcio de Propietarios Lima 355 y otro s/ daños y perjuicios" - CNCIV - 03/05/2005 la Excma. Cámara Civil, dijo:
"El consorcio actuó en forma lícita, pues al supeditar el ingreso del actor al edificio a que éste consintiera la captación de su imagen por el sistema de seguridad no comprometió su derecho a la intimidad, no contravino lo dispuesto por el art. 31 de la ley 11723 ni las normas de la ley 25326, y procedió regularmente."
"No concurre pues en el caso el primer requisito de la responsabilidad civil, esto es, la existencia de una conducta antijurídica. A lo que cuadra añadir que, en esas condiciones, los daños de índole material y moral aducidos por el actor como experimentados a causa de no haber podido ingresar al edificio y ejercer la profesión de abogado deben atribuirse solo a su propia elección."
"No advierto en la adopción y utilización del sistema de marras por parte del consorcio un ejercicio abusivo de sus derechos. En tal sentido, comparto las apreciaciones efectuadas por él a quo en torno al incremento de los hechos delictivos y la consecuente extensión de la sensación pública de inseguridad, el crecimiento de la oferta y demanda de sistemas de vigilancia de mayor o menor sofisticación y su instalación en muchos espacios públicos y privados, como respuesta a dicho problema, apreciaciones que distan de ser subjetivas y antojadizas. Por el contrario, se basan en hechos de conocimiento público y notorio."